Nuestra propuesta para el proceso constitucional 2023

Seis principios rectores y cuatro propuestas específicas propusimos desde la Fundación Carlos Vial Espantoso en el marco de las audiencias públicas organizadas por la Secretaría de Participación Ciudadana del proceso constitucional 2023.

Hasta la Universidad del Desarrollo llegó el viernes 30 de junio nuestra directora de estudios, Francisca Lobos, y uno de los integrantes de la Mesa Laboral que impulsamos desde la fundación, el abogado, doctor en Derecho y profesor de la U. de los Andes Zarko Luksic, para exponer nuestro análisis y contribuciones respecto al anteproyecto constitucional.

¿Por qué participamos en esta audiencia? En primer lugar, porque reconocemos la incidencia directa que tiene la configuración del mundo del trabajo en las desigualdades que afectan a la sociedad y, por tanto, la responsabilidad de las políticas laborales en el cierre de las brechas que existen hoy. La segunda razón es porque creemos que la redacción de una nueva constitución es una oportunidad para dotar al mundo laboral de aquellos principios que defiende la fundación, que son la colaboración y el diálogo, los que, a nuestro juicio, son esenciales para generar confianzas, avanzar en equidad de género y alcanzar la tan ansiada cohesión social.

Principios rectores

Si bien reconocemos que existen muchos principios deseables para enmarcar una propuesta constitucional en materia laboral, como Fundación sugerimos considerar a lo menos 6.

  1. La colaboración, como valor orientador. Como Fundación proponemos que el diálogo social y la cooperación orienten las forma de concebir las relaciones laborales. Existe bastante evidencia que la colaboración mejora la productividad de las empresas y la calidad de las relaciones laborales. Por ello, sugerimos revalorizar el diálogo como punto de encuentro entre trabajadores y empleadores.
  2. El equilibrio de poderes entre trabajadores y empleadores. En el entendido que las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores son eminentemente asimétricas en favor de estos últimos, proponemos el reconocimiento del derecho a la sindicalización, negociación colectiva y huelga, como instrumentos a disposición de los trabajadores para balancear la relación laboral.
  3. La transparencia. Se sugiere que una nueva constitución pueda mandatar al legislador para que se sigan perfeccionando las normas que buscan transparencia en la gobernanza, tanto a nivel corporativo como sindical.
  4. Conciliación de la vida personal y laboral. La nueva constitución debiera permitir la adaptabilidad de las jornadas laborales a las necesidades personales y familiares de los trabajadores, entendiendo que el mundo del trabajo es extremadamente heterogéneo.
  5. Protección social. En un contexto de incertidumbre y cambios acelerados, las trayectorias laborales requieren protección ante las vicisitudes de la vida y una institucionalidad que promueva la empleabilidad. Para ello, se recomienda considerar un buen diseño institucional, que facilite posteriormente al legislador promover el trabajo formal, un sistema de seguridad social que entregue protección ante eventos conocidos y otros inesperados, y agendas legislativas que se hagan cargo de la empleabilidad, el desarrollo continuo de las personas y la reconversión laboral.
  6. No discriminación y equidad de género. Se propone que el proyecto de nueva constitución incorpore este principio en el mundo del trabajo y faculte al legislador para cerrar las brechas que existen entre distintos grupos de trabajadores, tanto en el acceso al mercado laboral, como en su participación en espacios de toma de decisiones a nivel corporativo y sindical. Es de especial interés para la mesa, que esta nueva constitución consagre la equidad de género en el mundo laboral, promoviendo la corresponsabilidad y los beneficios que trae aparejada, pero también distribuyendo entre hombres y mujeres los costos económicos asociados al cuidado de los hijos.

Propuestas

En términos generales, reconocemos en el anteproyecto un avance en materia laboral. Valoramos especialmente la inclusión de ciertos derechos y conceptos que sugerimos proteger en el debate próximo y, asimismo, visualizamos oportunidades de mejora.

La primera propuesta enfatiza la necesidad de PROTEGER la tríada de derechos establecida en el Capítulo II del anteproyecto, artículo 16, número 26: “derecho a la sindicalización, a la negociación colectiva y a la huelga”. Se consideran instrumentos a disposición de los trabajadores que contribuyen a balancear una relación laboral asimétrica y que facilitan el tránsito hacia relaciones laborales más colaborativas. Se valora la mayor relevancia a derechos colectivos.

La segunda propuesta busca PROTEGER lo establecido en el Capítulo II del anteproyecto, artículo 26, número 1, respecto a la  protección adicional de los derechos laborales colectivos a través del recurso de protección, lo que no está contemplado en la constitución vigente: “(…) 1.- El que por causa de actos u omisiones ilegales o arbitrarias sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidos en el artículo 16 de esta Constitución, con exclusión de los derechos dispuestos en el inciso siguiente, podrá ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la Corte de Apelaciones respectiva, la que adoptará de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho”.

La tercera propuesta sugiere AGREGAR en el anteproyecto explícitamente el diálogo y la colaboración como valores orientadores de las relaciones laborales y la economía, superando la visión clásica de individuos racionales que solo persiguen sus propios intereses. Existe abundante evidencia de que la colaboración mejora la productividad de las empresas y las relaciones laborales. También se propone consagrar la equidad de género en el mundo laboral, promoviendo la corresponsabilidad. Para plasmar dichas ideas se sugiere incluir en el artículo 16, número 25 lo siguiente:

c) El Estado promoverá la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos, garantizando que las normas que se dicten tengan un enfoque de género y que reconozcan el trabajo no remunerado.

d) Las políticas públicas, programas y normas que promueva e implemente el Estado en los temas laborales, considerarán la colaboración mutua entre trabajadores y empleadores como un elemento que las orientará en orden a la obtención del bien común.

Finalmente, la cuarta propuesta se refiere a AGREGAR la iniciativa exclusiva del Presidente de la República al momento de legislar sobre negociación colectiva. Lo anterior en el entendido que promueve estabilidad y seguridad jurídica en las relaciones laborales colectivas. Al respecto se propone agregar lo siguiente en el artículo 80: “(…) 2. Corresponderá, asimismo, al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para: (…) g) La que establezca las modalidades y procedimientos de la negociación colectiva de los trabajadores del sector privado”.

Sobre la Mesa Laboral

En el marco de la misión de esta fundación, el año pasado conformamos una mesa de trabajo de carácter permanente que reúne a un grupo de profesionales expertos en temas laborales, para analizar los desafíos del mundo del trabajo. De esta instancia surge la presente propuesta. En esta mesa participan  Andrea Tokman, Zarko Luksic, Ariel Rossel, Cristóbal Huneeus, María José Abud, Andrés Biehl y María Isabel Vial.

A continuación, puedes revisar la presentación que realizamos en la audiencia pública.

⇩ Presentación